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La teoria del acto administrativo

El acto administrativo es un acto jurídico, una declaración de voluntada de deseo, de conocimiento y de juicio, unilateral, externa, concreta y ejecutiva, que constituye una decisión ejecutoria, que emana de un sujeto: la administración pública, en el ejercicio de una potestad administrativa, que crea, reconoce, modifica, transmite o extingue una situación jurídica subjetiva y su finalidad es la satisfacción del interés general.

Esta definición que comentamos resume los caractares en los terminos siguientes:

1) El acto administrativo es un acto jurídico, de derecho público, que emana de la administración pública; y sometido al derecho administrativo.

Con ello se excluyen del concepto
I.- Los actos políticos del gobierno
II.- Los actos emanados de órganos legislativos o judiciales, aunque tengan contenido administrativo;
III.- Los actos de los administrados, aunque produzcan efectos jurídicos conforme al derecho adminsitrativo

2) Su naturaleza no normativa, resultado de distinguir los actos administrativos y las normas jurídicas. La norma administrativa mantiene su vigencia hasta que sea derogada, en tanto que el acto administrativo se agota con su cumplimiento. Guardan estrecha vinculación, pero actos y normas, obedecen a diverso régimen jurídico.

3) Es una decisión ejecutoria  y no conteciosa.
Se trata de una declaración  intelectual lo que excluye las actividades puramente materiales. Una potestad adminsitrativa distinta de las potestad reglamentaria.

4) Es una declaración que emana de una autoridad administrativa, unitaria o colegiada, en el ejercicio de una función administrativa.

5) Unilateral, ejecutiva y oportuna que produce una situación jurídica concreta que excluye del concepto los actos jurídicos del administrado.

6) La administración crea, reconoce, modifica, transmite o extingue una situación jurídica subjetiva.

7) Se propone la satisfacción de un interes general, en ejercicio de las funciones administrativas.

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July 13, 2009 at 22:02

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